Sala Iª: Rentas Vitalicias
Sólo socios · 23/10/2011
El Art. 1805 CC no se ha infringido, porque no se exige en la mencionada disposición que exista un pacto entre las partes que fije el tipo de garantía que debe prestarse por el deudor de las pensiones en el caso de impago de las mismas y ello con la final
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