Tarragona Secc. 3ª: Pensión de Alimentos 2002
Sólo socios · 22/10/2011
PENSIÓN DE ALIMENTOS.- Posibilidad de pedir a favor de los hijos mayores de edad. Legitimación extraordinaria del padre o la madre. PENSIÓN COMPENSATORIA. Naturaleza jurídica. Carácteres de la misma. Es de carácter indemnizatorio, pero renunciable
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