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La Pensión de Alimentos: DEFINICION De GASTO

Sólo socios · 12/05/2013

La obligación de prestar alimentos no es solidaria a cargo de los progenitores, sino mancomunada y en proporción a sus caudales respectivos y cuando la obligación recae sobre ambos en conformidad con el art. 145 CC. Los derechos de los hijos a la presta

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